Normativas para el SEGURO DE TRANSPORTE PUBLICO CONCESIONADO

Transporte público Concesionado

Microbuses, en el distrito federal
Cuando se hace uso de este transporte público, el conductor, conforme a lo establecido en el reglamento de transporte del distrito federal, está obligado a tener siempre vigente un seguro de responsabilidad civil por daños y perjuicios que puedan causarse a los usuarios o a terceros en sus personas o bienes.
Artículo 33.- los concesionarios y permisionarios del servicio público de transporte de pasajeros y carga están obligados a:
... tener siempre vigente la póliza de seguro de responsabilidad civil por daños y perjuicios a usuarios o a terceros en sus personas o bienes y la carga...
Artículo 34.- los conductores de los vehículos del servicio público de transporte están obligados a:
... entregar a todo usuario, en el momento en que cubra el importe de su viaje, el comprobante de pago que ampare el servicio y el seguro del viajero o de la carga...
Este seguro aplica para el caso de que ocurra algún siniestro y tiene una cobertura amplia que incluye el pago de los siguientes gastos:
·         gastos de defunción;
·         daños a terceros y responsabilidad civil que garantice como mínimo, la indemnización por muerte o lesiones, así como la reparación de daños a los usuarios de este servicio, así como a terceros que en su persona o su patrimonio sean afectados por los prestadores de este servicio.
Para hacer válido este seguro es necesario presentar por escrito una reclamación ante el sistema de transporte colectivo llevando un testigo, el cual, declare que las lesiones fueron consecuencia del siniestro ocasionado durante el viaje en el vehículo; llevando además las facturas de los gastos médicos y cualquier otra documentación que le sea solicitada por la aseguradora con la que el microbús tenga contratada esta póliza. Esta reclamación es presentada en el área de administración de riesgos y una vez que ésta se considere procedente, se remite a la aseguradora, quien realizará el pago de la indemnización respectiva.
Taxis, en el distrito federal
de conformidad con lo establecido en el reglamento de transporte del distrito federal, quienes ofrecen este servicio se encuentran obligados a tener siempre vigente un seguro de responsabilidad civil, que debe cubrir:
·         indemnización por muerte o lesiones a los usuarios.
·         reparación de daños a los usuarios.
·         reparación de daños a terceros en su persona y patrimonio.
Los concesionarios de los taxis, al igual que los Microbuses, tienen la libertad de contratar estos seguros con la aseguradora de su preferencia.
Cuando al usuario le ocurra un accidente dentro del taxi, el taxista tiene la obligación de llamar a la aseguradora, la cual valorará si el seguro es procedente o no.
nota: recuerda que para hacer uso de estos seguros, es importante conservar la factura del bien, el recibo o en su caso el boleto expedido, ya que será indispensable su presentación para que se pueda realizar cualquier reclamación al respecto, además de la documentación que la aseguradora solicite.